EMAS: Eco-Management and Audit Scheme (Reglamento 761/2001)
¿Para qué sirve un Sistema EMAS?
El Reglamento EMAS consiste en un conjunto de artículos y anexos que incluyen requisitos aplicables tanto a las organizaciones como a los Estados Miembros en términos relacionados con el establecimiento de organismos competentes y sistemas de acreditación de EMAS. El Reglamento es voluntario, por lo que las organizaciones pueden elegir su participación en ella o no. El nuevo Reglamento EMAS es aplicable para todo tipo de organizaciones.
Aquellas organizaciones que deseen conseguir una validación de su declaración medioambiental deben:
- Realizar una revisión medioambiental inicial
- Desarrollar e implantar un sistema de gestión conforme al Anexo I
- Desarrollar y publicar una declaración medioambiental
- Tener la revisión medioambiental inicial, el sistema de gestión y el informe verificados y validados por un verificador medioambiental acreditado
- Someter la declaración medioambiental verificada a un organismo competente de un Estado Miembro de la UE local, incluidos los formularios y tasas de inscripción aplicables
- Producir anualmente una declaración actualizada y validarla
- Tener su sistema de gestión verificado a intervalos acordados con el verificador acreditado, dependiendo de la madurez de su sistema de gestión y de los impactos medioambientales de sus actividades. Todo el sistema de gestión deberá ser verificado cada 36 meses como mínimo
Ventajas de disponer un Sistema EMAS
Cuales son las principales ventajas de implantar el sistema de gestion ambiental de acurdo con el EMAS
- Ahorro de costes a medio/largo plazo. Esto se puede conseguir con la mejora en el control y optimización del consumo de materias primas y energía, optimización de los costes derivados de la gestión o tratamiento de los residuos y emisiones, y ahorro de costes de tareas de limpieza y restauración ambiental derivado de fugas accidentales. Así mismo también hay una disminución del riesgo de accidentes y por tanto de los costes derivados. Las administraciones pueden promover beneficios fiscales y administrativos.
- La mejora de la imagen es una ventaja fundamental para la empresa. Esta mejora se transmite a los clientes, a la Administración, a los empleados, inversores, prensa, grupos de defensa del medio ambiente y al público en general. El ámbito del distintivo es comunitario, que es el origen de la gran mayoría de clientes del sector turístico. El EMAS es un distintivo ambiental que emplea un instrumento de marketing: el logotipo de adhesión al sistema.
- El Cumplimiento de la legislación puede suponer una mejora de las relaciones con la administración ambiental. Con el EMAS se adopta una política activa frente a la legislación existente y futuras regulaciones ambientales que puedan afectar a la empresa. Así mismo aumentan las posibilidades de recibir ayudas públicas para realizar actuaciones ambientales.
- En Cuanto a la Organización de la empresa, el sistema está pensado para mejorar la gestión empresarial e incorpora instrumentos estratégicas como la mejora de la comunicación interna y externa, la formación y la capacitación del personal, el uso de indicadores, el control de incumplimientos y la revisión por parte de la dirección, entre otras cosas, que hacen que mejore la organización.
- La Motivación del personal es otro aspecto positivo. El sistema pide la implicación de la totalidad de los trabajadores del centro en un sistema para alcanzar unos objetivos comunes. Esto puede llevar a un aumento de la motivación y sensibilización de los trabajadores, así como el aumento de la formación de los trabajadores, ya que éstos se sienten integrados en el sistema y son conscientes que gracias a sus actuaciones se consiga minimizar los efectos negativos sobre el medio ambiente
Gesttic - Software EMAS
Requisitos del Reglamento 761/2001: EMAS (Eco-Management and Audit Scheme)
Tanto la norma ISO 14001 como el reglamento EMAS tienen unos requisitos muy similares y totalmente compatibles, aunque el modelo europeo es más exigente.
Los requisitos del Reglamento CEE 761/2001 no contemplados en ISO 14001 son:
- Realizar una implantación por centros productivos.
- Compromiso de adoptar las “mejores tecnologías disponibles” desde la política medioambiental.
- Evaluación y registro de efectos medioambientales.
- Los objetivos y metas deben garantizar mejoras en la actuación medioambiental (resultados concretos).
- Recomienda el uso de indicadores comprensibles, inequívocos y que permitan la “comparación año a año y con los requisitos legales aplicables”.
- Aplicar política y procedimientos a subcontratistas que trabajan en el propio centro.
- Frecuencia mínima de auditorías: 3 años.
- Mayor alcance de la auditoría: incluye la actuación medioambiental de la organización.
- Obligación de realizar una declaración pública y necesidad de acceso fácil y gratuito a la declaración de forma impresa.
- Validación anual obligatoria de la declaración pública (Verificador Medioambiental acreditado).
- Existencia de un organismo competente para el modelo EMAS del año y de un registro público único de ámbito europeo.
Las organizaciones europeas que desean acceder a EMAS podrían hacerlo sin la necesidad de utilizar la norma ISO 14001 pero, en la práctica, la gran mayoría han comenzado a aplicar la norma ISO, que ofrece más orientación práctica y mayor flexibilidad. La participación en el sistema europeo
Normas relacionadas
- Reglamento (CE) nº 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).