Información para el Operador Económico Autorizado
Información para titulares Operadores Económicos Autorizados OEA en simplificaciones aduaneras o seguridad
Cada empresa OEA podrá elegir una única autoridad aduanera de contacto, en la que centralizará sus comunicaciones. A ésta aduana deberá informar de la variación de cualquier elemento formal que pueda afectar al mantenimiento y contenido del certificado OEA.
Asimismo, deberá comunicarse con esta aduana para resolver los problemas operativos que puedan surgir en su actividad diaria.
En una primera etapa y con objeto de normalizar las relaciones con las empresas OEA, las funciones de autoridad aduanera de contacto serán asumidas por el Jefe de la Dependencia Provincial de Aduanas e IIEE elegida por el OEA.
Dos tipos de obligaciones:
La aduana, en el momento del examen de cumplimiento de las condiciones OEA, y por tanto, antes de conceder el certificado, verificará que el solicitante tiene implantados y aplica correctamente procedimientos que le permitan cumplir con estas obligaciones.
En caso de que, con posterioridad, se dejaran de cumplir dichas condiciones , el certificado podrá ser SUSPENDIDO e, incluso, REVOCADO.
En la Resolución del Departamento de Aduanas de la AEAT, del 15 de Septiembre del 2008, BOE 24 de Septiembre, en la que se recogen las instrucciones para formalizar el Documento Único Administrativo ( DUA ), se ha incluido un listado de códigos que deben declararse en la casilla 44 de ese documento en operaciones en las que intervenga un OEA, en función del papel del OEA en la cadena de comercio internacional, de forma que la aduana pueda realizar el análisis de riesgo adecuado.
Estos mismos códigos serán utilizados en todos los Estados Miembros.
¿Puedo consultar las empresas que han sido certificadas OEA en toda la Unión Europea?
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Sí. Las autoridades aduaneras de la Unión Europea publican en la
dirección de Internet que se adjunta los nombres de las empresas
certificadas OEA de todos los estados Miembros, el tipo de certificado
obtenido y la fecha desde la que surte efecto ese certificado, si bien
solo de las empresas que en el momento de solicitar obtener el estatus
OEA han prestado su consentimiento para que se publique esta
información. Más información en consultoria OEA. |
Uso de logotipo de OEA por parte de los operadores certificados
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Un Operador Económico Autorizado podrá utilizar el logotipo oficial de
OEA en su actividad siempre que lo desee, así en su correspondencia de
negocio, paquetes, envases y embalajes, medios de transporte, etc. Puedes encontrar el fichero del logotipo de Operador Económico Autorizado en la página oficial de la UE. . Más información en consultoria OEA. |
¿Cómo afecta el OEA a mi relación con la aduana?
Cada empresa OEA podrá elegir una única autoridad aduanera de contacto, en la que centralizará sus comunicaciones. A ésta aduana deberá informar de la variación de cualquier elemento formal que pueda afectar al mantenimiento y contenido del certificado OEA.
Asimismo, deberá comunicarse con esta aduana para resolver los problemas operativos que puedan surgir en su actividad diaria.
En una primera etapa y con objeto de normalizar las relaciones con las empresas OEA, las funciones de autoridad aduanera de contacto serán asumidas por el Jefe de la Dependencia Provincial de Aduanas e IIEE elegida por el OEA.
Tras ser certificada, ¿qué obligaciones relativas al OEA asume mi empresa?
Dos tipos de obligaciones:
- Informar a la aduana de cualquier elemento surgido tras la certificación que pueda influir en el mantenimiento o contenido del certificado y,
- Aplicar eficazmente los procedimientos o herramientas que la empresa tenga implantados para detectar incumplimientos e irregularidades en su operativa y, en su caso, tomar las medidas correctivas necesarias para solucionar dichas situaciones.
La aduana, en el momento del examen de cumplimiento de las condiciones OEA, y por tanto, antes de conceder el certificado, verificará que el solicitante tiene implantados y aplica correctamente procedimientos que le permitan cumplir con estas obligaciones.
En caso de que, con posterioridad, se dejaran de cumplir dichas condiciones , el certificado podrá ser SUSPENDIDO e, incluso, REVOCADO.
¿Cómo he de utilizar mi número de certificado OEA para obtener las ventajas que me corresponden?
En la Resolución del Departamento de Aduanas de la AEAT, del 15 de Septiembre del 2008, BOE 24 de Septiembre, en la que se recogen las instrucciones para formalizar el Documento Único Administrativo ( DUA ), se ha incluido un listado de códigos que deben declararse en la casilla 44 de ese documento en operaciones en las que intervenga un OEA, en función del papel del OEA en la cadena de comercio internacional, de forma que la aduana pueda realizar el análisis de riesgo adecuado.
Estos mismos códigos serán utilizados en todos los Estados Miembros.